"Disclaimer". Esta página utiliza la fórmula de conversión que aparece en el Anexo IV del BOE del 07/05/2010. Únicamente aplica la fórmula. No tiene ninguna validez legal ni sirve para justificar la conversión ante ningún organismo. Esta fórmula se utiliza para los países listados en el Anexo IV. Gracias.
Calificación obtenida (Cx):
Calificación extranjera mínima (Cxm):
Calificación extranjera máxima (CxM):
Calificación española mínima (Cem = 5):
Calificación española máxima (CeM = 10):
Calificación convertida (Ce):
 

Fórmula de conversión.

Fórmula de conversión según el BOE Cerrar